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JCE recuerda actas nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción no se vencen

El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez, dijo este viernes que con el proyecto de Eliminación del Trámite de la Legalización de las Actas del Estado Civil (ETLA) automáticamente quedan validadas las actas de nacimiento, matrimonio, divorcio, reconocimiento y de defunción a través de un código QR y los mismos no se vencen.

Explicó que cuando un documento se emite a través del ETLA, evita que las instituciones del Estado y las embajadas en el país tengan que pedir actas con dos meses de vigencia, porque ya no se vencen y están legalizadas.

“La actas no se vencen, por ejemplo, dentro de dos años se presenta en Pasaportes y es válida y hay que aceptarla, porque el sistema de la JCE está cruzado a través de un código de barra o código QR”, explicó.

Destacó que el proyecto ETLA es la eliminación de la famosa traba burocrática de la legalización, en la que enviaban a las personas a sacar un acta de nacimiento a Puerto Plata y después trasladarse a Santiago para buscar la firma del oficial civil y de esta manera legalizar este documento.

Jáquez dijo que este proyecto del ETLA se está ejecutando en la actualidad en 54 oficialías civil y en las próximas semanas entrarían en funcionamiento 20 oficiales más, para prácticamente tener el 50% de las oficinas con este sistema, ya que la JCE tiene 165 oficialías a nivel nacional y 53 delegaciones que operan en los hospitales con el subregistro.

“Con este sistema se ahorra dinero y tiempo con los trámites directos, y ya las embajadas están pidiendo a la JCE que todas las actas, entiéndase de nacimiento, matrimonio, divorcio y de defunción se emitan a través de este proceso”, indicó.

Asimismo, Jáquez abogó, en una entrevista en el programa Telemicro, por la modificación de la Ley 659 que data de más de 70 años, ya que la misma no le permite digitalizar los servicios que ofrece con el Registro Civil a los dominicanos.

Puntualizó que esa ley establece que los registros de actas de nacimiento, de matrimonio, divorcio y de defunción, sean escritos a manos en dos mascotas, y se quejó de que eso suceda en el 2021.

Dijo que si el trámite se hace de manera digital, sería un avance, y se preguntó “¿cómo es posible que cuando una persona muere, los familiares solo tenga tres días a partir del fallecimiento para declarar esa muerte?”.

El Registro del Estado Civil es la entidad encargada de administrar los actos relacionados a las personas, que implican, la creación, modificación o extinción de sus derechos fundamentales. Entre estos actos se señalan básicamente: los nacimientos, los matrimonios, los divorcios, las defunciones y los reconocimientos.

Su marco legal lo encontramos en la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, suplida por disposiciones del Código Civil, Ley 136-03 de fecha 7 de agosto del 2003 (Código de Protección para los Derechos de Los Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, Ley 8-92 de fecha 13 de abril de 1992, Ley Electoral No.275-97 de fecha 21 de diciembre de 1997 y sus Modificaciones, Código Penal Dominicano, por los Tratados Internacionales y las Jurisprudencias de nuestra Suprema Corte de Justicia.

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